02/06/2021
El universo de las criptomonedas ha dejado de ser un nicho para convertirse en una realidad financiera para millones de personas en España. Con la popularidad de activos como Bitcoin, Ethereum y otros, surge una pregunta fundamental y a menudo temida: ¿cómo afecta esto a mis impuestos? La Agencia Tributaria ha puesto el foco en estos activos digitales, y entender tus obligaciones es crucial para operar con tranquilidad y evitar sanciones. Lejos de ser un laberinto incomprensible, la fiscalidad de las criptomonedas sigue una lógica clara que desglosaremos en esta guía completa.
Desde la simple compra hasta la venta, el intercambio o incluso el pago de un servicio con tus monedas digitales, cada acción puede tener una implicación fiscal. Aclararemos cuándo y cómo debes informar a Hacienda, qué es una ganancia patrimonial, cómo se calcula y, lo más importante, qué consecuencias puede tener el no hacerlo. Si has invertido en criptomonedas, este artículo es tu hoja de ruta para una correcta declaración.

- ¿Existe un Mínimo para Declarar Criptomonedas?
- Operaciones con Criptomonedas: ¿Cuándo se Genera un Hecho Imponible?
- ¿Cómo Calcular y Cuánto Pagar por tus Ganancias?
- Modelos y Casillas: La Declaración en la Práctica
- Sanciones: ¿Qué Pasa si No Declaro?
-
Preguntas Frecuentes (FAQ)
- ¿Hay algún mínimo exento para declarar ganancias de criptomonedas?
- Si solo he comprado criptomonedas y las mantengo (HODL), ¿tengo que declarar algo?
- ¿Cómo calculo el valor de compra si he hecho muchas transacciones a distintos precios?
- ¿Las pérdidas con criptomonedas se pueden deducir?
- ¿Transferir criptomonedas entre mis propias wallets o cuentas es una venta?
¿Existe un Mínimo para Declarar Criptomonedas?
Esta es una de las preguntas más recurrentes y la respuesta puede sorprender a muchos: no existe un mínimo de ganancia exento de declaración. Técnicamente, cualquier beneficio obtenido por la venta, intercambio o uso de criptomonedas, por pequeño que sea, debe ser incluido en la Declaración de la Renta (IRPF). Si has ganado 10€, esos 10€ son una ganancia patrimonial que debe ser declarada.
Sin embargo, es importante diferenciar entre la obligación de declarar una ganancia y la obligación de presentar la Declaración de la Renta en sí. Si tus únicos ingresos son, por ejemplo, rendimientos del trabajo por debajo de los límites establecidos y no tienes otras fuentes de renta, podrías no estar obligado a presentarla. Pero, en el momento en que obtienes una ganancia patrimonial por criptomonedas (o por la venta de acciones, por ejemplo), generalmente se activa la obligación de presentar la declaración, sin importar la cuantía de dicha ganancia.
Dicho esto, la normativa sí establece algunas excepciones específicas a la obligación de informar sobre la tenencia de monedas virtuales, aunque no eximen de declarar las ganancias. No tendrán esta obligación de información:
- Entidades a las que se refiere el artículo 9.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
- Personas jurídicas y otras entidades residentes en España que tengan sus criptomonedas registradas de forma individualizada en su contabilidad.
- Personas físicas residentes que desarrollen una actividad económica y lleven su contabilidad según el Código de Comercio, siempre que las criptomonedas estén debidamente registradas en dicha contabilidad.
Para la gran mayoría de inversores particulares, la regla general es clara: si hay ganancia, hay que declararla.
Operaciones con Criptomonedas: ¿Cuándo se Genera un Hecho Imponible?
No todas las operaciones que realizas con tus criptoactivos tienen consecuencias fiscales inmediatas. Es vital saber distinguir qué acciones te obligan a pasar por caja con Hacienda y cuáles no. A continuación, desglosamos los eventos más comunes:
1. Comprar Criptomonedas
La simple compra de criptomonedas con euros no es un evento fiscal. No tienes que pagar impuestos por ello. Sin embargo, es absolutamente crucial que guardes un registro detallado de cada compra: la fecha, la cantidad de criptomoneda adquirida, el precio de compra y las comisiones pagadas. Este será tu valor de adquisición, un dato imprescindible para calcular futuras ganancias o pérdidas.
2. Vender Criptomonedas por Moneda Fiat (Euros, Dólares, etc.)
Este es el hecho imponible más claro y común. Cuando vendes tus criptomonedas y recibes euros a cambio, se produce una alteración en tu patrimonio. Si el valor de venta es superior a tu valor de adquisición, has obtenido una ganancia patrimonial. Si es inferior, tienes una pérdida patrimonial.
3. Intercambiar una Criptomoneda por Otra (Permuta)
¡Mucho cuidado aquí! Intercambiar Bitcoin por Ethereum, por ejemplo, no es una operación neutra para Hacienda. Se considera una permuta, que fiscalmente se trata como si hubieras realizado dos operaciones: una venta de la criptomoneda que entregas y una compra de la que recibes. Debes calcular la ganancia o pérdida patrimonial por la venta de la primera moneda, tomando como valor de venta el valor de mercado de la segunda moneda que recibes en el momento del intercambio.

4. Pagar Bienes o Servicios con Criptomonedas
Utilizar tus criptomonedas para comprar un ordenador, pagar una cena o cualquier otro bien o servicio también es un hecho imponible. Funciona exactamente igual que una venta. Debes calcular la diferencia entre el valor del bien o servicio que adquieres (que sería tu valor de venta) y el valor por el que compraste las criptomonedas que has utilizado para pagar.
5. Minería, Staking, Airdrops y Forks
- Minería: Las criptomonedas obtenidas a través de la minería se consideran rendimientos de una actividad económica. Deberás darte de alta como autónomo y tributar por los ingresos generados al valor de mercado de las monedas en el momento de su obtención.
- Staking y Recompensas: Los rendimientos obtenidos por staking (dejar tus criptos en depósito para validar transacciones a cambio de una recompensa) se consideran rendimientos del capital mobiliario, similar a los intereses de una cuenta bancaria. Se integran en la base del ahorro.
- Airdrops y Forks: Recibir criptomonedas gratis a través de un airdrop se considera una ganancia patrimonial que no deriva de una transmisión. Su valor de adquisición es cero, y tributarás por el 100% de su valor cuando las vendas.
¿Cómo Calcular y Cuánto Pagar por tus Ganancias?
El cálculo es sencillo en su fórmula, pero requiere llevar un buen registro. La fórmula básica es:
Ganancia o Pérdida Patrimonial = Valor de Transmisión - Valor de Adquisición
- Valor de Adquisición: Es el precio que pagaste por las criptomonedas, incluyendo las comisiones de compra (exchange fees).
- Valor de Transmisión: Es el precio por el que vendiste las criptomonedas, restando las comisiones de venta.
Cuando has realizado múltiples compras de una misma criptomoneda a diferentes precios, Hacienda obliga a usar el método FIFO (First-In, First-Out). Esto significa que las primeras monedas que compraste se consideran las primeras que vendes.
Una vez calculada la ganancia neta, esta se integra en la base imponible del ahorro en tu IRPF y tributa a los siguientes tipos progresivos:
| Ganancia Patrimonial | Tipo Impositivo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000,01 € a 50.000 € | 21% |
| De 50.000,01 € a 200.000 € | 23% |
| De 200.000,01 € a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 28% |
¿Y si tienes pérdidas? No todo son malas noticias. Las pérdidas patrimoniales generadas con criptomonedas se pueden compensar con otras ganancias patrimoniales (venta de acciones, fondos, etc.) del mismo ejercicio. Si aún así el saldo es negativo, puedes compensarlo en los cuatro años siguientes.
Modelos y Casillas: La Declaración en la Práctica
Para declarar estas operaciones, debes prestar atención a dos modelos principales:
Declaración de la Renta (IRPF)
Las ganancias y pérdidas de criptomonedas se declaran en el apartado "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales". La Agencia Tributaria ha creado un apartado específico para monedas virtuales, que abarca las casillas de la 1800 a la 1814. En ellas deberás detallar el tipo de moneda, las fechas y los valores de adquisición y transmisión.
Modelo 721: Declaración de Criptomonedas en el Extranjero
Si a 31 de diciembre tienes criptomonedas depositadas en exchanges o plataformas situadas fuera de España y su valor conjunto supera los 50.000 euros, tienes la obligación de presentar el Modelo 721. Es una declaración meramente informativa, no implica un pago. Su objetivo es que Hacienda conozca los activos que los contribuyentes españoles tienen en el extranjero. No presentarlo o hacerlo incorrectamente conlleva sanciones muy elevadas.
Sanciones: ¿Qué Pasa si No Declaro?
Ignorar las obligaciones fiscales con las criptomonedas puede salir muy caro. Las consecuencias van desde recargos hasta multas muy cuantiosas e incluso delitos fiscales.

- Sanciones por el IRPF: No declarar las ganancias se considera una infracción tributaria. La sanción varía entre el 50% y el 150% de la cantidad que dejaste de ingresar, dependiendo de si se considera leve, grave o muy grave.
- Sanciones por el Modelo 721: La no presentación, presentación fuera de plazo o con datos incorrectos de este modelo informativo tiene multas específicas que pueden ser muy altas.
- Recargos por presentación fuera de plazo: Si presentas la declaración tarde pero sin un requerimiento previo de Hacienda, se aplicará un recargo progresivo que va del 1% al 15% más intereses de demora.
- Delito fiscal: Si la cantidad defraudada supera los 120.000 euros, la infracción pasa de ser administrativa a considerarse un delito penal, con posibles penas de prisión.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Hay algún mínimo exento para declarar ganancias de criptomonedas?
No. Cualquier ganancia patrimonial, sin importar su cuantía, debe ser declarada en el IRPF.
Si solo he comprado criptomonedas y las mantengo (HODL), ¿tengo que declarar algo?
En la Declaración de la Renta (IRPF), no, porque no has generado ninguna ganancia o pérdida. Sin embargo, si esas criptomonedas están en un exchange extranjero y su valor supera los 50.000€ a 31 de diciembre, sí deberás presentar el Modelo 721 informativo.
¿Cómo calculo el valor de compra si he hecho muchas transacciones a distintos precios?
Debes aplicar obligatoriamente el método FIFO (First-In, First-Out), que asume que las primeras criptomonedas que vendes son las primeras que compraste.
¿Las pérdidas con criptomonedas se pueden deducir?
Sí. Las pérdidas patrimoniales pueden compensar las ganancias patrimoniales que hayas tenido en el mismo año. Si el resultado sigue siendo negativo, puedes compensar esas pérdidas durante los cuatro años siguientes.
¿Transferir criptomonedas entre mis propias wallets o cuentas es una venta?
No. Mover tus activos entre monederos o exchanges que son de tu propiedad no se considera una alteración patrimonial y, por lo tanto, no es un evento que se deba declarar en el IRPF.
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