17/11/2025
El universo de las criptomonedas ha irrumpido con fuerza en el panorama financiero de Argentina, posicionándose como una alternativa cada vez más relevante frente a un contexto económico marcado por la inflación y las restricciones cambiarias. Para muchos, los activos digitales representan un refugio de valor y una oportunidad de inversión. Sin embargo, su naturaleza disruptiva plantea interrogantes cruciales sobre su estatus legal y su uso práctico. A continuación, desglosamos el marco jurídico actual y las tendencias de mercado que definen el presente y futuro de las criptomonedas en el país.

Entendiendo el Marco Jurídico de las Criptomonedas
Para abordar la legalidad de los criptoactivos, primero es fundamental comprender su naturaleza. Las criptomonedas son representaciones digitales de valor basadas en la tecnología blockchain, una red descentralizada que garantiza la seguridad e inmutabilidad de las transacciones sin necesidad de intermediarios. A diferencia del dinero fiduciario (como el peso o el dólar), no son emitidas ni respaldadas por ningún banco central o gobierno.
Características Principales de los Criptoactivos
Estos activos digitales poseen una serie de características que los distinguen del dinero tradicional:
- Descentralización: Son emitidas y validadas por una red de usuarios, no por una entidad central.
- Sin curso legal: No tienen poder cancelatorio obligatorio. Un acreedor no está obligado a aceptarlas como pago, a menos que se haya pactado explícitamente.
- Valor fluctuante: Su precio se determina por la oferta y la demanda en el mercado, lo que las hace inherentemente volátiles.
- Anonimato relativo: Aunque las transacciones son públicas en la blockchain, las identidades de los participantes pueden permanecer anónimas.
- Irreversibilidad: Una vez confirmada, una transacción no puede ser revertida.
- Transferencias sin fronteras: Permiten enviar valor a cualquier parte del mundo sin las restricciones de los sistemas bancarios tradicionales.
¿Son Dinero o Cosas? El Debate Legal en Argentina
Una de las discusiones centrales en el derecho argentino es si las criptomonedas deben ser consideradas "dinero" o "cosas". Tradicionalmente, el concepto de dinero se reserva para la moneda de curso legal emitida por el Estado. Desde esta perspectiva, las criptomonedas no serían dinero.
Sin embargo, una interpretación más moderna, amparada en los artículos 15 y 16 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), las encuadra como bienes inmateriales susceptibles de valor económico. Al tener un valor patrimonial, pueden ser objeto de transacciones y contratos, funcionando en la práctica como un medio de intercambio aceptado por las partes, aunque no tengan el estatus de moneda de curso legal.
El Impacto del DNU 70/2023 en las Obligaciones con Criptomonedas
El Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 introdujo modificaciones significativas en el régimen de las obligaciones, con un impacto directo en el uso de criptomonedas. La reforma de los artículos 765 y 766 del CCCN establece un principio de identidad de pago absoluto.
El nuevo artículo 765 reza: "La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación, sea o no de curso legal en el país. El deudor solo se libera si entrega las cantidades comprometidas en la moneda pactada. Los jueces no pueden modificar la forma de pago o la moneda pactada por las partes."
Esta modificación es crucial. Al incluir explícitamente las monedas "que no son de curso legal", abre la puerta para que las criptomonedas sean consideradas el objeto de una obligación dineraria. En la práctica, esto significa:
- Cumplimiento estricto: Si un contrato establece que el pago debe realizarse en Bitcoin (BTC), el deudor está obligado a entregar la cantidad pactada de Bitcoin y no puede liberarse pagando su equivalente en pesos u otra moneda.
- Autonomía de la voluntad: Se refuerza la libertad de las partes para pactar en la "moneda" que deseen, incluyendo activos digitales.
- Limitación judicial: Se restringe la capacidad de los jueces para alterar los términos del acuerdo, un punto que ha generado debate por sus posibles implicancias en contratos de consumo o en situaciones de abuso.
El Desafío del Incumplimiento: ¿Cómo Embargar Criptomonedas?
A pesar de este avance en el reconocimiento contractual, la ejecución forzosa de deudas en criptomonedas sigue siendo un desafío mayúsculo. La naturaleza descentralizada y el control a través de claves privadas hacen que embargar estos activos sea extremadamente complejo. A diferencia de una cuenta bancaria, no hay una entidad central a la cual un juez pueda oficiar para trabar un embargo.
Ante el incumplimiento de un deudor, un acreedor enfrenta serias dificultades para acceder a sus criptoactivos. Algunas estrategias legales que se están explorando incluyen:
- Secuestro de dispositivos: Solicitar a un juez el secuestro de computadoras, teléfonos o billeteras frías (hardware wallets) donde se sospecha que el deudor almacena sus claves privadas.
- Intervención pericial: Requerir la intervención de un perito informático para que, una vez secuestrados los dispositivos, intente acceder a los fondos.
- Medidas urgentes: Pedir medidas cautelares rápidas para inmovilizar los activos antes de que el deudor pueda transferirlos a otra billetera, lo que requiere probar fehacientemente la tenencia de criptoactivos por parte del deudor.
Estos procedimientos son complejos y requieren que el Poder Judicial se adapte con agilidad, contando con peritos capacitados y hasta billeteras judiciales para custodiar los activos recuperados.
El Pulso del Mercado: ¿Qué Criptomonedas Usan los Argentinos?
Mientras el debate legal evoluciona, los argentinos continúan adoptando los activos digitales a un ritmo acelerado. Un reciente informe de la plataforma Bitget, basado en las transacciones del segundo trimestre de 2025, revela un cambio interesante en el perfil del inversor local.
El Ranking de las Criptomonedas Más Negociadas
Contrario a la tendencia de años anteriores donde las stablecoins (monedas estables atadas al dólar) dominaban como refugio contra la inflación, el panorama actual muestra una mayor inclinación hacia activos con potencial de valorización.

| Puesto | Criptomoneda | Símbolo | Porcentaje del Volumen Total |
|---|---|---|---|
| 1 | Bitcoin | BTC | 26.9% |
| 2 | Ethereum | ETH | 13.6% |
| 3 | Solana | SOL | 6.3% |
| 4 | Dogwifhat | WIF | 6.1% |
| 5 | Ripple | XRP | 3.1% |
Análisis de las Preferencias del Inversor Argentino
El liderazgo de Bitcoin (BTC) no sorprende, consolidado como la principal reserva de valor digital a nivel mundial. Le sigue Ethereum (ETH), cuya fortaleza radica en su vasto ecosistema de aplicaciones descentralizadas (DeFi) y NFTs. La presencia de Solana (SOL) refleja el interés en redes más rápidas y económicas, mientras que la sorpresiva aparición de la memecoin Dogwifhat (WIF) demuestra el apetito por activos de alto riesgo impulsados por comunidades online. Finalmente, Ripple (XRP) mantiene su lugar por su enfoque en soluciones de pago transfronterizo.
La ausencia de stablecoins en el top 10 es el dato más revelador. Este fenómeno podría explicarse por una desaceleración en la inflación, que reduce la necesidad de dolarización de carteras a través de estos activos, y un cambio de mentalidad en el inversor argentino, ahora más dispuesto a asumir riesgos en busca de mayores rendimientos.
Preguntas Frecuentes sobre Criptomonedas en Argentina
1. Entonces, ¿es legal comprar y usar criptomonedas en Argentina?
Sí. No existe ninguna ley que prohíba la compra, venta o tenencia de criptomonedas. De hecho, el DNU 70/2023 fortalece su uso en acuerdos privados, al obligar a cumplir los pagos en la especie pactada.
2. ¿Debo pagar impuestos por mis criptomonedas?
Sí. Los activos digitales están alcanzados por impuestos en Argentina. La AFIP, a través de resoluciones como la RG 4614/2019, exige a los exchanges y proveedores de servicios de pago informar las tenencias y movimientos de sus usuarios. Las ganancias de capital por su venta y su tenencia pueden estar sujetas al Impuesto a las Ganancias y a Bienes Personales, respectivamente.
3. Si firmo un contrato para pagar en Ethereum, ¿puedo liberarme pagando en pesos?
Según la nueva redacción del artículo 765 del Código Civil y Comercial, no. El deudor solo se libera de la obligación entregando la cantidad de Ethereum pactada. El acreedor no está obligado a aceptar un pago sustitutivo en pesos.
4. ¿Por qué las stablecoins perdieron popularidad?
La principal razón parece ser un cambio en el contexto macroeconómico. Una menor percepción del riesgo inflacionario ha llevado a los inversores a buscar activos con mayor potencial de crecimiento, como Bitcoin o altcoins, en lugar de simplemente proteger su capital en monedas estables vinculadas al dólar.
5. ¿Es seguro invertir en criptomonedas?
Invertir en criptomonedas conlleva un alto riesgo debido a su volatilidad. Su valor puede experimentar subidas y bajadas abruptas en cortos períodos. Es fundamental investigar, comprender la tecnología y nunca invertir más de lo que se está dispuesto a perder.
Conclusión: Un Ecosistema en Plena Evolución
Las criptomonedas en Argentina navegan en un mar de creciente aceptación práctica y reconocimiento legal, aunque con importantes desafíos operativos, especialmente en el ámbito de la ejecución de deudas. El DNU 70/2023 ha sentado una base más firme para su uso en contratos, otorgando mayor seguridad jurídica a quienes deciden operar con estos activos. Al mismo tiempo, el mercado demuestra una madurez creciente, con inversores que diversifican sus estrategias más allá del simple refugio de valor. La clave, como siempre, reside en la correcta redacción de los contratos, la diligencia de las partes y la capacidad del sistema legal para adaptarse a esta tecnología disruptiva.
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